miércoles, 26 de junio de 2013

LOS TOREROS POR ENCIMA DE LA DIMINUTA Y DESCASTADA CORRIDA DE NUÑEZ DEL CUVILLO,. LA PINCELADA LOS TOREROS DE BADAJOZ ,./ PRESOS DE LA MEMORA DE GOOBLE,

TÍTULO; LOS TOREROS POR ENCIMA DE LA DIMINUTA Y DESCASTADA CORRIDA DE NUÑEZ DEL CUVILLO,.

Esta feria también tiene un hueco para los locales. Son nuestros otros toreros, los que no han llegado todavía a dar el salto al circuito de las grandes ferias, pero que están ahí, luchando por conseguirlo. Los números no dicen mucho en su favor pero, en esto del toreo, dos más dos no son cuatro. No han toreado muchas tardes hasta llegar a su cita con la afición de Badajoz, pero los tres vienen a demostrar eso, que las estadísticas no siempre tienen razón. Y, si no, que se lo pregunten a Suiza.
Ambel Posada, Israel Lancho y Julio Parejo son frutos del buen momento del toreo de esta tierra. Tres estilos bien diferenciados, tres personalidades distintas y tres conceptos opuestos. Santiago Ambel es un torero de dinastía. Su árbol genealógico anota un gran número de toreros y él ha elegido el camino de sus antepasados. Torero de corte clásico, de buen gusto y hasta de destellos de artista. Ilusiona verle cada vez que torea porque no es uno más. Israel vuelve a la plaza que le vió hacerse matador de toros. El pasado año nos tuvo a todos con el corazón en vilo, por el grave percance que sufrió en Madrid, y esta tarde hace de nuevo el paseíllo en Badajoz. Es torero de valor, de quietud pasmosa, de dejarse llegar los toros muy cerca y de atacar en la corta distancia. Y el más joven de la terna es Julio Parejo. Lleva pocos meses como matador de toros y esta es su presentación en el coso de Pardaleras. Hay ganas de verle, por lo que supone de novedad y porque como novillero apuntó cosas buenas. Seguro que los tres van a dar motivos para que se hable de los toreros de Badajoz. 
 
 TÍTULO;  PRESOS DE LA MEMORA DE GOOBLE,.
 

PRESOS DE LA MEMORIA DE GOOGLE

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Presos de la memoria de Google

En algún rincón de internet, Mario Costeja sigue estando casado y teniendo en su haber varias deudas. Poco parece importarle a Google
 

En algún rincón de internet, Mario Costeja sigue estando casado y teniendo en su haber varias deudas. Poco parece importarle a Google que este perito caligráfico pusiese hace años el punto final a su matrimonio y saldase las cuentas pendientes. La información, publicada hace más de 15 años, sigue siendo accesible tan solo con teclear su nombre. Una situación que motivó al protagonista para comenzar una cruzada a favor del conocido como 'derecho al olvido' en 2009 y que ayer sufrió un duro revés en el seno de la Unión Europea.
El abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo emitió un dictamen a favor del gigante tecnológico y sentenció sobre el caso que los buscadores no tienen la obligación de borrar los datos o la información sensible de los índices. Aunque este informe no es vinculante y la sentencia definitiva no se conocerá al menos hasta septiembre, los antecedentes dicen que los magistrados dan continuidad a estas resoluciones en ocho de cada diez ocasiones.
El inicio del 'caso Costeja' se remonta hace cuatro años. Este madrileño dio en internet con un anuncio de una subasta de algunos de sus bienes por una deuda que tenía con la Seguridad Social. Se trataba de un episodio de su pasado, ya finiquitado, y que había resucitado en los dominios de Google debido a que el medio encargado de la publicación había digitalizado sus archivos. Tras sendos e infructuosos contactos con el periódico y con el buscador, recurrió a la Agencia Española de Protección de Datos, que pidió a la compañía californiana que lo borrase, obteniendo, como en otros tantos casos, la negativa como respuesta. Por otro lado, el organismo sostenía que la fuente original no podía ser obligada a eliminar ese archivo porque había sido publicado de forma legal. El caso acabó, como otros doscientos de la misma naturaleza que esperan sentencia, en la Audiencia Nacional. Ante las lagunas y los agujeros legales que se planteaban acerca del 'derecho al olvido', la Audiencia acabó elevando una serie de cuestiones al alto tribunal comunitario. La primera de ellas, hasta dónde llegaba la posibilidad de que un particular se dirigiese hacia una de estas plataformas para bloquear las informaciones indexadas de terceras fuentes que pudieses ser consideradas lesivas para la intimidad y el honor; y la segunda, si se podía aplicar la directiva europea para mediar en un conflicto entre un español con una empresa basada en Estados Unidos, en este caso Google.
Niilo Jääskinen hizo pública su opinión, que fue un pequeño jarro de agua fría para la privacidad en internet. El letrado explica que, a pesar de «gestionar datos personales» en su actividad, no se puede responsabilizar a proveedores como Google de las informaciones producidas por terceros siempre que la indexación no se produzca en contra de las órdenes del «editor de la página web». Es decir, que si la fuente original no dice lo contrario, el buscador puede incluir el resultado y el afectado, aunque haya superado esas situaciones, no le quedará otra opción que ver cómo su pasado queda en manos del criterio del buscador. Además, Jääskinen añade que la retirada de contenido «solo puede llevarse a cabo cuando no se hayan respetado los criterios de exclusión».
El escrito recoge que los derechos de supresión, rectificación y bloqueo recogidos en la normativa comunitaria solo son validos cuando los datos no son correctos o están incompletos. Sin embargo, la resolución sí que da la razón en la segunda gran cuestión a España al reconocer que la legislación nacional y europea es aplicable a una de estas multinacionales cuando «establece en un Estado miembro, a fines de promover y vender espacios publicitarios en su motor de búsqueda, una oficina que orienta su actividad hacia los habitantes de dicho Estado».

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