El Tribunal Constitucional hizo ayer pública una resolución en la que ratifica que el País Vasco debe poner en marcha el nuevo copago.
El Tribunal Constitucional hizo ayer pública una
resolución en la que ratifica que el País Vasco debe poner en marcha el
nuevo copago farmacéutico, en vigor en el resto de España desde el
pasado 1 de julio. El Alto Tribunal rechaza así las alegaciones que
presentó el pasado mes de julio el Ejecutivo de Patxi López para no
aplicar la medida y llegar a las elecciones autonómicas del 21-O sin
realizar recortes en materia sanitaria.
El Gobierno vasco aprobó en junio un decreto que
garantizaba la gratuidad y universalidad del sistema sanitario público
para todas las personas que residían en la comunidad autónoma y mantenía
los niveles de aportación en el pago de los medicamentos, dejando así
sin efecto el copago farmacéutico impulsado por el Gobierno central. El
decreto vasco, a diferencia del Ministerio de Sanidad, establecía que
estarían exentos de aportación los perceptores de la Renta de Garantía
de Ingresos. El Ejecutivo autónomo también reducía el porcentaje al pago
de medicamentos de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.
El Constitucional, que a finales de julio suspendió el
decreto tras ser recurrido por el Gobierno central, esgrime ahora para
mantener la suspensión del decreto vasco dos argumentos en los que se
mezclan los discursos economicistas con las consecuencias irreparables
de medidas concretas para personas también concretas. «La sostenibilidad
del sistema sanitario público impone a todos los poderes públicos la
necesidad de adoptar medidas de racionalización y contención del gasto
farmacéutico», afirma.
Así, la resolución, de fecha 13 de diciembre, da por
buenas las explicaciones de la Abogacía del Estado, que sostiene que
durante el tiempo en que estuvo en vigor el copago vasco «el incremento
del gasto en Euskadi fue en paralelo a una disminución del gasto en las
autonomías en las que se aplica en su integridad la norma básica
estatal». Para el Constitucional, «parece claro» que el levantamiento de
la suspensión cautelar del copago tendría «un perjuicio económico» para
el control del déficit. Según el auto, la necesidad de mantener este
control es una prioridad que está por encima del perjuicio que tendrá
para los usuarios el aumento del porcentaje del copago.
«Efecto discriminatorio»
Otra de las alegaciones de la Abogacía de Estado que
tiene en cuenta el Constitucional es que sostiene que la aplicación en
Euskadi de un copago menos oneroso «favorecería a los residentes del
País Vaso respecto al resto de los españoles y surgiría un efecto
discriminatorio inconstitucional».
De esta forma, el Tribunal respalda la medida adoptada
por el Gobierno central por la que los pensionistas pagan el 10% de los
medicamentos, con unos topes mensuales de 8, 18 y 60 euros en función de
la renta. El resto, el 40% del precio si sus ingresos son inferiores a
18.000 euros anuales; el 50% si los supera y el 60% quien gane más de
100.000 euros. Los medicamentos son gratuitos, entre otros grupos, para
los afectados del síndrome tóxico y personas con discapacidad, los
perceptores de rentas de integración social y de pensiones no
contributivas, además de los parados de larga duración sin prestación.
Por otro lado, el Constitucional permite al País Vasco
seguir facilitando la tarjeta sanitaria a los inmigrantes 'sin papeles'.
Los magistrados sí atienden los argumentos del Gobierno vasco, que
apela «al interés público de preservar el derecho a la salud consagrado
en el artículo 43 de la Constitución Española», para defender un
servicio sanitario universal. La resolución sostiene que el «derecho a
la salud y a la integridad física» de los inmigrantes sin papeles y «la
conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la
sociedad» están por encima de «la mera consideración de un eventual
ahorro económico que no ha podido ser concretado».
TÍTULO: Rosie Jones, fanática de Inglaterra,.
Rosie Jones, fanática de Inglaterra.
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